Poética judicial

Salvo algunos artículos de nuestro Código Civil Colombiano -compendio lírico de normas redactado por un poeta venezolano que se afincó en Chile-, pocos escritos hay tan prosaicos en el mundo de las letras como los mamotretos jurídicos. Y ni que hablar de los fárragos judiciales. El poeta a que me refiero -ya lo habrán inferido los letrados- es don Andrés Bello, y uno de los felices acápites a que aludo es la definición de “aluvión”, que el artículo 719 del código en cuestión considera como : “el aumento que recibe la ribera de un río o lago por el lento e imperceptible retiro de las aguas” . ¿No sugiere este verso, acaso, el sutil advenimiento de la soledad, con toda su aridez, cuando nos abandona poco a poco y sin darnos cuenta el agua fresca del amor? Otra cosa bien distinta, más falta de elevación aún, es la literatura judicial. Cunden allí las piezas procesales como la que recibí por correo electrónico hace unos meses, remitida por un colega desconocido qu...